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Sursum Corda - Simposio "Voces". El Estado laico y la libertad religiosa

“Buscamos políticas éticas no teología política. Esas políticas éticas deben ser las mismas que nuestra ética en el hogar. Tiene que ser consistente con nuestra bien formada conciencia Cristiana”.

Carl Anderson
24 de septiembre de 2009

El evento
Con el propósito de aumentar el conocimiento sobre los estándares internacionales de la libertad religiosa y analizar cómo aplican a Estados Unidos, América Latina y México; se celebró en la Ciudad de México el Simposio mencionado, los días 24 y 25 de septiembre organizado por el Fondo Becket para la Libertad Religiosa, los Caballeros de Colón, y la Arquidiócesis de México. Con la asistencia de ponentes de Canadá, Estados Unidos, México, Colombia, Brasil, Argentina y Chile.

Conferencistas participantes:
Kevin Hasson Presidente y Fundador de el Fondo Becket, Carl Anderson Presidente Internacional de los Caballeros de Colón; el ex diputado estadounidense Thomas F. Far, Senior Fellow en el Centro Berkeley de Religión Paz y Asuntos Mundiales de la Universidad de Georgetown, el ex embajador de EEUU para la Libertad Religiosa Internacional, Robert Seiple, la Dra. Mary Ann Glendon ex embajadora de EEUU ante la Santa Sede, profesora de derecho de la Universidad de Harvard, el Profesor de derecho de la Universidad de Ottawa Ernesto Caparros, el Procurador Regional de Brasil Dr. Humberto J. de Medeiros, el Profesor de derecho de la Universidad Católica de Chile Dr. Jorge Precht Pizarro, el Profesor de derecho de la Universidad Libre de Colombia Dr. Sergio González Sandoval, el Profesor Superior en Ciencias jurídicas de la Pontificia Universidad Católica Argentina Dr. Juan G. Navarro Floria, el Profesor Octavio lo Prete Socio Fundador del Consejo Argentino para la Libertad Religiosa.

Por México participaron el Dr. Jorge E. Traslosheros Hernández, el Dr. Fernando Pliego Carrasco, Investigador del Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM, el Dr. Jorge Adame Goddard, Profesor de derechos humanos de UNAM y de la UP, el Dr. Raúl González Schmal de la Ibero, Santa Fe, el Dr. Rodrigo Guerra, Director Social de Investigaciones Avanzadas, UNAM, Querétaro.

Asimismo se contó con la participación del Dr. Paolo G. Carozza, experto y profesor de derechos humanos y ley internacional. Se excusó por no poder asistir el Arzobispo Charles J. Chaput, O.F.M de Denver que estuvo representado por el Sr. Luis Soto. Por la Arquidiócesis de México participó Monseñor Carlos Briseño.

Inauguración

Corrió a cargo de Carl Anderson quién afirmó entre otras cosas que “Los Derechos Humanos incluyen la libertad religiosa, estos son la unidad de la persona y del creyente quien a su vez ayuda a construir el orden social, ya que sirven como garantía para la salvaguardia de la dignidad humana”, reconoció que los últimos cuatro presidentes de México “han trabajado para reducir o eliminar las restricciones legales y las discapacidades que se establecieron sobre la Iglesia a principios del siglo veinte”. Señaló que las amenazas ya no provienen de las armas sino que “Son más sutiles y es más posible que provengan de leyes que ataquen a los derechos individuales de conciencia religiosa en lugar de enfocarse en las instituciones religiosas eclesiásticas”.

Algunos conceptos de las ponencias (1)
Libertad y religión

La libertad es una característica esencial del ser humano.

La religión es una forma de ver el mundo, es una realidad antropológica. La religión no es un fenómeno político sino cultural de larga duración. No se trata de un hecho accidental, sino todo lo contrario. El fenómeno religioso precede al Estado, por lo que no es un derecho que pueda otorgar el Estado, ya que solo puede reconocerlo.

La vida de relación con Dios no es solo individual sino que además es comunitaria. No podemos separar a la religión de la sociedad.

La libertad religiosa, es la de elegir una religión o de relacionarse con Dios. Esta libertad tiene la característica fundamental de subordinación a Dios.

La libertad religiosa es un derecho capital y con ella se promueven otras libertades; por lo que al lastimar ésta se lastiman también otras libertades.
Libertad religiosa implica libertad de comunicar la religión aceptada y libertad para conformar la vida de acuerdo a la ética religiosa aceptada.

La libertad religiosa incluye la libertad de formar la propia conciencia de acuerdo a las convicciones religiosas sustentadas.

La conciencia ética es superior a la ley civil.

Laicismo y laicidad
Jorge E.Traslosheros Hernández expuso que el laicismo se distingue por su intención de excluir a la religión de la vida pública. Así el Estado puede autorizar la religión pero su práctica es condenada

El laicismo considera a la religión como una dádiva y no como una necesidad humana y social; por tanto el estado debe contener las manifestaciones religiosas.

Para el laicismo la libertad religiosa está muy lejos de ser un derecho humano y, en el mejor de los casos, sólo pertenece al mundo de las concesiones que el Estado pudiera otorgar a los ciudadanos con creencias religiosas. Esto último, no es real, ya que la libertad religiosa no forma parte de las cosas que pueda otorgar el Estado, pues el fenómeno religioso precede al Estado.

Para el laicismo todo creyente es un fanático en potencia y en acto, y agregó que no hay que perder de vista que laicismo y fundamentalismo son hermanos gemelos y revelan una mentalidad autoritaria que imposibilita el encuentro de la razón.

El siglo XX, fue un fenómeno de acoso a la religión, en donde se dio el fenómeno de la sacrofobia: “existe una tendencia cada vez más pronunciada, sobre todo en los medios intelectuales y de comunicación occidentales, que podemos calificar de sacrofobia, de aversión a lo sagrado”.

Traslosheros expuso la tesis de que se ha pasado, de calificar a la religión como “el opio del pueblo”, -propio de los regímenes marxistas-, a tratarla como el “tabaco del pueblo”, es decir, se ha pasado “de un vicio que debe ser eliminado, a un mal que debe ser combatido y de preferencia erradicado, por lo menos en los lugares públicos”

Juan Navarro Floria, refirió que el laicismo en extremo es la negación de la libertad religiosa, es una agresión a la religión y es un intento por erradicarla. En contraparte, la laicidad es neutralidad a la existencia de religión o a la ausencia de ella. Países como México tendrían que migrar del laicismo a la laicidad, dijo.

Apuntó que en América Latina hay dos ejemplos claros de países en donde prevalece un laicismo muy fuerte: México y Uruguay, y esto ha empobrecido el desarrollo de sus sociedades.

Consideró que los mexicanos merecen un espacio de libertad religiosa mayor, pero reconoció que se han dado pasos importantes desde 1992. No obstante, mirando el conjunto de América Latina, México está un paso atrás respecto de la libertad religiosa.

Fernando Pliego Carrasco afirmó que “para que exista una sociedad democrática se necesita que una cantidad significativa de ciudadanos tengan una congruencia entre sus valores y sus responsabilidades públicas. Pero que en lugar de una sinergia (2) pública se propone una doble moral”

Jorge Adame Goddard recordó algunos tratados internacionales que protegen la libertad religiosa como:

El Convenio de Ginebra para mejorar el trato a los prisioneros (1949)
El Documento Internacional de Derechos Humanos y Políticos (1966)
La Declaración sobre la Intolerancia
El Acta de Helsinki (1975)

Realidad americana de la libertad religiosa
Mary Ann Glendon expuso que el fenómeno social de la “ilustración” no afectó a los Estados Unidos, que siguió en mucho el pensamiento de Alexis de Tocqueville cuando escribió: ‘La religión es el guardián de las costumbres, y las costumbres la garantía de las leyes y la promesa para la conservación de la libertad misma’. Por tanto el secularismo que desarrolló Estados Unidos fue respetuoso de las religiones. Aunque el mismo Benedicto XVI ha reconocido el “laicismo positivo” que impera en dicho país, no por ello se puede decir que sea un modelo de secularismo positivo a seguir, sino que cada nación ha de encontrar su modelo.

Criticó al igual que Ernesto Caparros, la fuerte tendencia que contra la objeción de conciencia se están dando tanto en Estados Unidos como en Canadá, en donde además se promueve una enseñanza moral que alienta el homosexualismo, el aborto y la eutanasia para sustituir a la enseñanza religiosa tradicional. Hay acoso contra los estudiantes de medicina y el personal médico que ejerce su libertad de conciencia, además de una creciente intervención estatal antirreligiosa.

Humberto J. de Medeiros apuntó la relación de respeto entre el Estado y las Iglesias en Brasil, al igual ocurre en Colombia según lo afirmó Jorge Precht Pizarro.

Los representantes de Argentina y Chile señalaron el avance del laicismo en toda Latinoamérica al suprimir la mención a Dios en sus constituciones o peor aún al sustituirlo por la mención a la “Madre tierra” como ha ocurrido en Ecuador, Bolivia y Nicaragua. Países en donde se fomenta el resurgimiento de la religiosidad prehispánica. Se avanza en la imposición del matrimonio civil en detrimento del matrimonio religioso.

La objeción de conciencia ha sido prohibida en Venezuela.

Alarmante en todos los países latinoamericanos es como las campañas de control natal han reducido en número de hijos en los matrimonios formales pero han incrementado de un 15% a un 69% el nacimiento de hijos naturales.

Clausura
El Evento fue clausurado por Paulo Tort Ortega, Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación.

Consecuencias
Como frutos del evento se constató el gran interés que el mismo despertó, ya que si se esperaba una matrícula que no superaría los 200 participantes, esta se elevó a cerca de 800; así como la intención de constituir una red americana con los participantes a efecto de difundir y continuar en el estudio de estos fenómenos.

__________________
(1) Ofrezco de antemano una disculpa a los ponentes que no he citado debidamente. Para hacerles justicia necesitaría dedicar al menos una página a cada una de las intervenciones, lo que haría este trabajo muy largo y hasta tedioso; razón por la cuál he optado por hacer un resumen estructurado de los principales conceptos expresados, sin mencionar a sus autores en muchos casos. Por otra parte los organizadores del Simposio han ofrecido subir a su página los textos íntegros de las ponencias.

(2) Acción de dos o más causas cuyo efecto es superior a la suma de los efectos individuales, diccionario de la RAE.

 

Hacer click para el original.

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